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Auction 755, Lot # 18

DI - Acuña y Bejarano, Juan de (El Marqués de Casa Fuerte, 37o. Virrey de Nueva España).
Bando por el que Queda Prohibida la Elaboración de Monedas por Particulares.
"Por cuanto a mi noticia ha llegado la siniestra inteligencia y sobrada malicia con que se interpreta por los mal contentos el Vando, que hize publicar el día diez y siete de este corriente mes en esta Ciudad, y partes acostumbradas de ella, arreglado a la Real resolución que S. M. se ha servido tomar con Consulta de su Real Junta de Comercio, y Moneda, que reside en la Villa de Madrid, por su Real Despacho de catorce de Julio de este presente año; cerca de que en sus Reales Ingenios y Casa de Moneda de todos sus Dominios, no se permita labrar, ni reducir a Moneda Oro, ni Plata alguna de cuenta de particulares, si no que todo se labre por sus Mynistros, y de cuenta de su Real Hazienda… he mandado expedir este Vando, por el qual hago saber… que haziendo constar al Señor Superintendente de la Real Casa de Moneda de esta Corte, D. Joseph Fernández Veytia, Oidor de esta Real Audiencia, que le vienen caminando cualesquiera porciones de Oro, o Plata, ocurran a el con las Libranzas debueltas y respaldadas por los que escusan a pagarselas, que luego, y sin dilación se les hará pagar con la demás importancia del Oro, o Plata… México a diez y ocho días del mes de Diciembre de mil setecientos y treinta y dos.".
Recortado y pequeños faltantes en margen izquierdo sin afectar texto, pequeño faltante en margen derecho sin afectar texto y pequeño faltante al centro afectando poco el texto.
Estimado $4,000-6,000


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